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Cuando obtener la nacionalidad española, solicitar una residencia legal o gestionar un expediente de nacionalidad, te topas a un caos de burocracia. Este proceso puede lucir sin fin y agobiante sin el soporte adecuado. La gran cantidad de documentos que necesitas presentar, los antecedentes penales y los plazos ajustados pueden convertir que todo se convierta en un enredo. Para evitar que esta situación se vuelva en una tragedia, contar con un abogado especializado en extranjería es fundamental. Su experiencia te asistirá a navegar por estos trámites con eficiencia y a disminuir errores que pueden retrasar tu camino.
La nacionalidad española es un privilegio que te asocia con la nación. Obtener la nacionalidad española te brinda acceso a una serie de beneficios. Existen diversas formas de obtener la nacionalidad, siendo las más comunes la nacionalidad por vivencia, la nacionalidad por origen sefardí y la nacionalidad por opción. Cada opción viene con sus propios exigencias que debes cumplir, tales como el tiempo de residencia en España, la presentación de certificados de nacimiento, justificar buena conducta cívica y realizar los evaluaciones de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE), así como el examen DELE de idioma español, cuando sea necesario.
El método de la nacionalidad por domicilio es una de las más corrientes entre quienes desean hacerse ciudadanos españoles. Este proceso requiere que el solicitante haya permanecido en España de forma legal y continua. Dependiendo de tu lugar de origen, el tiempo que necesitarás para cumplir con este exigencia puede ser diferente. Por ejemplo, los ciudadanos de Guinea Ecuatorial, Filipinas o Andorra se aprovechan de plazos más rápidos. En términos promedio, deberás haber residido en el país durante 10 años, aunque este tiempo puede acortarse a 5 años para refugiados y a 2 años para personas de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. En situaciones excepcionales, como si estás matrimonialmente asociado con un español o naciste en territorio español, solo se exigirá un intervalo de un año de residencia.
La modalidad de nacionalidad por opción se otorga a personas que tienen conexiones con ciudadanos españoles, como aquellos que son hijos de madres españoles nacidos en el fuera del país o quienes han estado bajo la custodia de un español. Esta opción es particularmente útil para quienes, por razones familiares, tienen la posibilidad de adquirir la nacionalidad sin los requisitos de residencia prolongada. También es pertinente para individuos cuyos progenitores fueron españoles y nacieron en España, estableciendo así un vínculo familiar directo con el país.
La adquisición de esta nacionalidad ocurre de manera automática al venir al mundo si al menos uno de los padres es español o si el parto tiene lugar en España, bajo ciertas circunstancias donde los tutores son extranjeros. Además, los hijos que son adoptados por un ciudadano español también se reconocen como españoles de origen. Este tipo de nacionalidad no implica trámites difíciles, ya que se adquiere simplemente por el hecho de nacer o ser adoptado, lo que asegura que la persona goce de los privilegios y obligaciones de un ciudadano español desde el principio.
Dicha modalidad de nacionalidad se puede tramitar por quienes han ejercido de la nacionalidad española durante un mínimo de 10 años, de forma continua y de buena fe, incluso si no tenían un título legal que lo acreditara. La idea detrás de este reconocimiento es que si una persona ha sido reconocida como española y ha vivido de esa manera durante un largo lapso, merece ser oficialmente aceptada como ciudadana española. Aunque esta opción no es muy común, es importante para aquellos que, por diferentes razones, han vivido como españoles sin tener la documentación que lo respalde.
El procedimiento para adquirir esta nacionalidad es opcional y se otorga por el gobierno español en situaciones excepcionales. Puede asignarse a aquellas personas que han evidenciado tener relaciones especiales con España, como aportaciones significativas en los ámbitos cultural, o cuando su condición se considera ventajosa para el país. A distinción de otras modalidades, no hay términos de residencia específicos que cumplir para solicitar la carta de naturaleza; sin embargo, el solicitante debe presentar pruebas convincentes de sus lazos especiales con España. Este procedimiento es menos habitual y está dependiente a la evaluación del Consejo de Ministros, que examina cada caso de manera específica.
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