Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea

¿Te gustaría estar inscrito en el Registro Central de Extranjeros y disponer de un NIE que te permita residir y trabajar legalmente en España?

Si es así, muy atento a este artículo porque en él te contamos qué ciudadanos pueden solicitarlo y bajo qué requisitos. Tan solo sigue leyendo…

¿Quiénes pueden solicitar este certificado?

Arraigo social

Aquellos ciudadanos pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado que forme parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, y que tengan pensado residir en España más de 3 meses, están obligados a solicitar este certificado en el Registro Central de Extranjeros.

Listado de Países a tener en cuenta:

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia*, Italia, Letonia, Liechtenstein*, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega*, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, R. Checa, Rumanía, Suecia, Suiza**.

* Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.

** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.

Así se especifica en la Normativa Básica, a la que puedes acceder haciendo clic aquí.

Requisitos para obtener el Certificado de Registro

Para que la Administración Pública Española pueda expedir el conocido “NIE” o certificado de registro con los datos de identificación del ciudadano extranjero, es necesario cumplir con los siguientes aspectos:

1) Tener la condición de trabajador por cuenta ajena o tener la condición de trabajador por cuenta propia (Empresario o Profesional) en España. O bien contar con la suficiente solvencia económica como detallamos a continuación.

Recursos económicos

2) Tener para uno mismo y para el resto de los miembros que forman la unidad familiar, recursos o ingresos económicos suficientes que aseguren no implicar una carga para la asistencia social mientras resides en territorio Español. Junto a este requisito, debes documentar la posesión de una póliza de seguros de enfermedad con cobertura en todo el país.

3) Otra opción es ser Estudiante y estar matriculado, teniendo a la vez un seguro médico, así como los recursos económicos suficientes.

4) Ser nacional de un Estado miembro, familiar que acompaña o se reúne con un ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo, que cumple alguna de las condiciones anteriores. El familiar podrá ser:

      • En el supuesto de familiar de estudiante, su cónyuge o pareja de hecho; los hijos del estudiante y de su cónyuge o pareja a cargo.
      • En los demás supuestos, el cónyuge o pareja de hecho; sus descendientes directos y los de su cónyuge o pareja menores de 21 años, o incapaces , ya sean mayores de dicha edad, que vivan a su cargo; así como sus ascendientes directos o los de su cónyuge, que vivan a su cargo.

Documentación y pasos para el procedimiento

estudiantes

Documentación a entregar

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

Importante❕: Según cuál sea tu caso particular, la documentación que se te va a exigir dependerá también de ello. Es decir, en el supuesto de que seas trabajador por cuenta ajena, será necesario que entregues una serie de documentos que así lo acrediten. Estos pueden cambiar si te hayas en otra situación, como trabajar por cuenta propia, no ejercer ninguna actividad laboral en España, ser estudiante o ser familiar de algún ciudadano de la Unión. Tenlo en cuenta para evitar aportar la documentación equivocada y que tu solicitud corra el riesgo de ser denegada.

No olvides que en Gemovir podemos ayudarte y que, siempre que sea posible, la mejor opción es apostar por realizar los trámites empleando la Vía Telemática. En nuestro despacho contamos con un equipo de profesionales autorizados para representar y gestionar este tipo de trámites, consiguiendo así  finalizar el proceso con mayor rapidez y garantías de éxito.

Pasos a seguir

  • Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el ciudadano de la Unión o de otro Estado parte, personalmente.
  • Lugar de presentación: Oficina de Extranjería de la provincia donde pretenda residir o en la Comisaría de Policía correspondiente.
  • Plazo de presentación: 3 meses contados desde la fecha de entrada en España.
  • Tasa:  deberá ser abonada con anterioridad a la expedición del certificado de registro.
  • Expedición del certificado de registro: una vez abonada la tasa, previa constatación de los requisitos, se expedirá inmediatamente al ciudadano de la Unión un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero y fecha de registro.

Te acompañamos en el proceso

Somos conscientes de que, el procedimiento necesario para esta solicitud, exige el cumplimiento de muchos requisitos y la entrega de bastante documentación. Para evitar demoras en los trámites y aumentar las posibilidades de obtener una resolución favorable, lo más recomendable es que solicites el asesoramiento de un experto en la materia.

Como siempre, puedes contar con nosotros. En Gemovir tenemos a un gran equipo trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos personales y profesionales. Si tienes cualquier duda sobre este tipo de solicitudes, escribe o llámanos.

¡Juntos lo haremos posible!