¿Eres extranjero y te gustaría poder reagrupar a tu familia en España? Afortunadamente, esta opción existe.  Cumpliendo una serie de requisitos, algunos miembros de la familia tienen la posibilidad de beneficiarse del procedimiento de reagrupación familiar, entre ellos, los padres. Hemos querido dedicar un artículo a esta figura tan importante. Y es que, si aún posees la enorme suerte de tener papá, seguro que uno de tus objetivos es poder pasar más tiempo con él y disfrutar de su compañía. Por esta razón, quizás la cuestión que debes plantearte ahora es:

¿Cómo puedo reagrupar a mi padre para que resida conmigo en España?

A continuación te damos todos los detalles. Nos encantará ayudarte a cumplir con tu propósito. ¡Comencemos!  
En Gemovir-Abogados de Extranjería tenemos gran experiencia resolviendo trámites sobre este procedimiento
¡Contacta con nosotros si tienes cualquier duda!
   

¿Qué se entiende por Reagrupación Familiar?

Traer a la familia La reagrupación familiar es un procedimiento de Extranjería a través del cuál un ciudadano extranjero que vive en España con su permiso de residencia renovado, puede traer a sus familiares al país. Por lo tanto, la reagrupación a la que hacemos referencia es la que se gestiona bajo el Régimen de Extranjería. Cuando un ciudadano no europeo, desea traer a España a otro ciudadano no Europeo. Sin embargo, como puede que ya sepas, también existe la reagrupación regulada por el Régimen Comunitario, cuando el reagrupante sí que es nacional de un país de la Unión Europea. En este último caso, los requisitos son un poco más flexibles. A lo largo de este artículo veremos las diferencias.

¿A qué familiares puedo reagrupar?

Únicamente podrás reagrupar a los familiares ascendientes de primer grado, es decir, tus padres o suegros (mayores de 65 años*); a los descendientes, como tus hijos o los de tu pareja; y, además, a tu cónyuge o pareja de hecho.

* Excepcionalmente, por razones de carácter humanitario, también podrá reagruparse al ascendiente menor de 65 años.

Recuerda ❕: este procedimiento es válido solo si el reagrupante ya ha vivido en España legalmente durante 1 año A continuación detallaremos cuáles son los requisitos principales para poder llevar a cabo la reagrupación, en concreto la de tu padre. Pues, según el miembro de la familia al que se pretenda traer, se exigen unos documentos u otros.

Los requisitos principales para reagrupar a tu padre

En primer lugar, deberás cumplir unos requisitos generales que se suelen exigir para cualquier procedimiento de extranjería:
    • Carecer de antecedentes penales. 
    • No encontrarse en situación irregular.
    • Contar con un seguro médico.
    • Que la persona que se quiere reagrupar esté en el país de origen en el momento de iniciar el trámite.
DATO IMPORTANTE ❕ :  es necesario que como reagrupante y siendo aún extranjero en España, dispongas de una tarjeta de larga duración para poder reagrupar a tu padre. Es decir, debes haber vivido en España como mínimo 5 años. No obstante, para este procedimiento en concreto destacan 2 condiciones principales:

📌Contar con una vivienda adecuada

Será la oficina de extranjería quien analice si la vivienda en la que empezará a vivir el reagrupado, en este caso tu padre, es óptima.

Deberás demostrar que dicha vivienda reúne las condiciones suficientes para que las personas que la habitan, vivan de forma digna y con unos mínimos garantizados. ¿Cómo? Solicitando un informe de vivienda adecuada al ayuntamiento de la ciudad en la que actualmente vivas.

📌Demostrar el vínculo

Lógicamente, uno de los requisitos fundamentales es el de demostrar que el familiar que traemos a España es realmente nuestro.  En este caso, para traer a tu padre, el documento principal será el certificado de nacimiento.

También es posible reagrupar a los padres de tu pareja, tus suegros.  Para lo que también deberás aportar el certificado de matrimonio con tu cónyuge.

 

👀 ❕ Cambios en el procedimiento

  • Desde finales del año pasado, se puede solicitar el arraigo familiar sin necesidad de presentar medios económicos por parte del reagrupante. Es decir, tampoco será necesario aportar un contrato de trabajo ni demostrar la posesión de fondos suficientes en la cuenta bancaria.
 
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Con ayuda, siempre es más fácil.
 

Otras vías para poder reagrupar a tu padre

 

👉Con la autorización de Profesional Altamente Cualificado:

Se trata de una autorización de residencia temporal y trabajo que puede obtener un trabajador extranjero que resida fuera de España. Con ella podrá desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o con un mínimo de años de experiencia profesional que puedan considerarse equiparables. Se regula por la Ley 14/2013, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización. Dicha ley tiene como propósito facilitar la entrada de nuevos talentos. Con ello, además de crear puestos de trabajo para ciudadanos extranjeros, se consigue favorecer la actividad económica y dar opciones a una mayor regularización de los inmigrantes. La característica más remarcable de este procedimiento es que la solicitud e inicio del trámite lo realiza la empresa o entidad contratante. Y se puede realizar tanto si el profesional se encuentra en España como fuera de ella.
Más información aquí. 
 

👉A través de la solicitud de la Tarjeta de Familiar Comunitario:

Si como reagrupante tienes la nacionalidad española o de algún país miembro de la Comunidad Europea, o si es tu pareja la que la tiene, puedes traer a tu padre a España con mayor facilidad. ¿Por qué? Gracias a que podrá obtener la Tarjeta Comunitaria y beneficiarse de todas sus ventajas.
Para más información sobre este punto, pincha aquí. 
 

👉Con una Autorización de Residencia No Lucrativa:

Se trata de una autorización que permite a los ciudadanos extranjeros residir en España sin necesidad de trabajar o desempeñar alguna actividad laboral, siempre y cuando demuestren que disponen de los medios económicos suficientes para mantenerse en el país. Para que a tu padre le concedan la residencia temporal no lucrativa, no es necesario que invierta nada, tan solo que demuestre contar con los medios económicos suficientes.
Más información aquí. 
 

👉Mediante un Visado de Estudiante:

Existe otra vía, aunque menos frecuente, y consiste en traer a tu padre con un visado de estudiante. La tarjeta de estudiante permite realizar estudios o labores de investigación en España Si tu padre está interesado en realizar algún estudio, esta puede ser la vía perfecta para él.
Si quieres saber más sobre este punto, puedes verlo aquí. 
 

Te acompañamos en el proceso

Arraigo La mejor opción para presentar esta solicitud es Vía Telemática, a través de profesionales autorizados para representar y gestionar el trámite. Pondremos a tu disposición a nuestro equipo de especialistas en gestiones de Reagrupación Familiar. En cuanto al plazo de resolución, son 45 días a partir del día siguiente a la fecha de tramitación. Transcurrido dicho tiempo sin notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. No olvides que: la autorización de residencia por reagrupación familiar, habilita para trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte del territorio nacional sin necesidad de ningún trámite administrativo. Y, la vigencia de la autorización del reagrupado, se extenderá hasta la misma fecha que la autorización de que sea titular el reagrupante en el momento de entrada del familiar en España. La reagrupación familiar es un procedimiento muy común, de los más solicitados. Sabemos que, aparentemente, resulta un trámite sencillo. Sin embargo, también requiere la acreditación de muchos requisitos, por lo que contar con la ayuda de un experto en la materia que te asesore aumentará las posibilidades de que obtengas una resolución favorable.

Como siempre, puedes contar con nosotros.

En Gemovir tenemos a un gran equipo trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos personales y profesionales.

Si tienes cualquier duda sobre este tipo de solicitudes, escribe o llámanos.

¡Juntos lo haremos posible!