Estancia por Estudios en España: Requisitos para esta autorización

¿Tienes la intención de venir a estudiar a España? Si eres residente de fuera de la Unión Europea y tu idea es permanecer más de 3 meses en este país mientras estudias o investigas, el visado de estancia por estudios es la mejor opción para ti.

 

En nuestro despacho, como especialistas en Extranjería, tenemos gran experiencia en realizar este tipo de trámites. 
Sabemos cómo ayudarte a conseguir una resolución favorable. 
¡Contacta con nosotros si tienes cualquier duda! 

 

En este artículo te explicamos en qué consiste este visado  y qué requisitos van a exigirte. ¡Comencemos!

¿En qué consiste este visado?

estudiantes

Se trata de una autorización de estancia que te da la posibilidad de vivir en España por un período superior a 90 días para realizar estudios en un centro de enseñanza autorizado.

El programa debe ser a tiempo completo y, al finalizar, hacerte entrega de un título o certificado académico.

Podrás renovar la autorización. Alargando el tiempo de permanencia, siempre y cuando acredites que has desarrollado los estudios de manera satisfactoria y tengas la reserva de matrícula o hayas sido admitido para un siguiente período de estudios.

Por tanto, esta autorización está pensada para:

  • Extranjeros que van a desarrollar sus estudios en un centro educativo (ya sea público o privado).
  • Ciudadanos no europeos que inicien cualquier tipo de tarea de investigación en el país.

Así aparece detallado en la normativa básica sobre este asunto, que puedes consultar haciendo clic aquí.

Los principales beneficios

Si te conceden la autorización de estancia por estudios en España, tendrás derecho a disfrutar de diferentes ventajas. Por ejemplo:

✔️Este visado, además de estudiar, te permite realizar hasta 20 horas semanales de prácticas, las cuáles pueden ser incluso remuneradas.

✔️Al terminar tu tiempo de estudios, después de 3 años, podrás acceder con facilidad a la obtención de un permiso de trabajo y quedarte a largo plazo.

✔️Si has concluido tus estudios de manera satisfactoria de Máster o Doctorado, tienes la posibilidad de acceder a una autorización de residencia no lucrativa para la Búsqueda de Empleo o para emprender un Proyecto Empresarial.

✔️Por otro lado, puedes solicitar esta autorización conjuntamente con tu familia, para que ellos también consigan la estancia legal en el país.

Requisitos necesarios para la estancia por estudios

estudiante extranjero

Si te interesa ser beneficiario de una autorización de estancia por estudios, debes saber que necesitarás cumplir con una serie de requisitos:

1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Tampoco familiar de residentes de estos países, a los que se les aplique el régimen de ciudadanos de la Unión.

2. No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido, ni tener prohibida la entrada a nuestro país.

3. Demostrar que estás en posesión de los medios económicos suficientes.

4. Contar con un seguro médico público o privado.

5. Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, que conduzca a la obtención de un título o certificado académico al finalizar.

6. Para estudiantes menores de edad que vengan sin sus padres o tutores, es necesario una autorización de estos, que tendrán que entregar en el centro de estudios.

En el caso de que la duración de la estancia supere los 6 meses, se requerirá:

7. Cuando se trate de mayores de edad, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia, durante los últimos 5 años.

8. No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves. En conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

Documentación y pasos para el procedimiento

Los requisitos anteriormente señalados han de argumentarse mediante documentación especial antes de la presentación de la solicitud. La oficina de extranjería es muy estricta con la correcta presentación de dichos documentos. ¡Asegúrate de realizar estas gestiones previas y evitar una resolución denegatoria!

 

Recuerda que nuestro equipo de expertos puede encargarse de estos trámites facilitándote enormemente el proceso.

 

Importante: cuando se aporten documentos de otros países, deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presenta la solicitud.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado en España.

Solicitud de la Estancia por Estudios:

Hace tiempo únicamente era posible solicitar este visado desde el consulado situado en el país de origen del estudiante extranjero. Afortunadamente, a día de hoy también es posible realizar la solicitud encontrándose en España, por ejemplo en calidad de turista. A continuación te explicamos las condiciones para ambas opciones:

Si solicita la Estancia por Estudios fuera de España:

Deberá solicitarlo el estudiante, personalmente. Si es menor de edad, sus padres, tutores o representante debidamente acreditado, también personalmente.

 

Si es esta tu situación, en Gemovir disponemos de un servicio de asesoría personalizada para este tipo de trámites.
¡Podemos facilitarte el proceso!

 

Si solicita la Estancia por Estudios encontrándose en España:

La solicitud de la estancia por estudios se podrá solicitar en territorio español, siempre y cuando el estudiante esté dentro de los primeros 60 días de su estancia legal en España.

👉Nuestro consejo: Opta por realizar la solicitud vía telemática. De este modo, el papeleo será mucho más ágil y sencillo de realizar.

 

 Si tienes dudas, en Gemovir estaremos encantados de explicarte con detalle la gestión telemática de este procedimiento.
¡Contacta con nosotros!

 

Plazos:

1 mes, a partir del día siguiente al de la fecha de presentación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

El visado concedido fuera de España deberá ser recogido en el plazo de 2 meses desde la notificación. Si no, se entenderá que el interesado ha renunciado al visado concedido.

La duración de la estancia que se conceda será igual a la de los estudios que se vayan a realizar, con el límite máximo de 1 año.

En el supuesto de que la estancia por estudios tenga una duración superior a 6 meses, el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de 1 mes desde la entrada en España, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.

Además, el solicitante exhibirá en el momento del trámite su pasaporte o título de viaje y aportará:

    • Solicitud de tarjeta de extranjero, en modelo oficial (EX-17). A la que puedes acceder pinchando aquí.
    • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
    • Una fotografía reciente en color, en fondo blanco, tamaño carnet.

👉No olvides esto: Como estudiante, puedes venir acompañado de tus familiares, y también puedes ser autorizado a realizar actividades lucrativas por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que la actividad sea compatible con la realización de los estudios, y los ingresos obtenidos no tengan el carácter de recurso necesario para tu sustento o estancia. Además, estas actividades solo se pueden realizar a media jornada (20 horas semanales).

 

Te recomendamos leer nuestro artículo Estancia por estudios: cambio a Situación de Residencia y Trabajo por Cuenta ajena inicial. Clic aquí. 

 

Familiares

familia estudianteEl cónyuge, la pareja de hecho, los hijos menores de 18 años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades, pueden obtener autorización para permanecer legalmente en España junto al estudiante durante la duración de sus estudios.

En este caso, deberá presentar la solicitud el familiar del estudiante personalmente. De nuevo, acudiendo a la Misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida.

Podrá hacerlo de manera simultánea con el visado de estudios del estudiante, o en cualquier momento posterior dentro del periodo de vigencia de la autorización de estancia por estudios.

Para que se lo concedan, se deberá acreditar que el extranjero cuenta con medios económicos suficientes para el sostenimiento de la unidad familiar.

Recuerda: La autorización de los familiares estará vinculada a la del estudiante, y podrán permanecer en territorio español el mismo periodo y en la misma situación que éste.

Además, si la estancia de los familiares es superior a 6 meses, deberán obtener tarjeta de identidad de extranjero.

Por otro lado, los familiares del estudiante no podrán obtener, en ningún caso, autorización para realizar actividades lucrativas.

 

¿Te quedan dudas por resolver? No te pierdas nuestro artículo Estancia por Estudios: Preguntas Frecuentes, pinchando aquí. 

 

Diferentes posibilidades

Posibilidad de renovación

Te preguntarás:  ¿Qué sucede una vez finalice mi período o estancia por estudios inicial? Pues que tienes la posibilidad de poder prorrogarla.

La condición principal para que admitan la prórroga de tu estancia será haber superado las pruebas para la continuidad de tus estudios.

Además, no será necesario entregar de nuevo ciertos documentos como el certificado de antecedentes penales del país de origen o el certificado médico, ya que se entiende que el estudiante demostró cumplirlos cuando se le concedió la autorización y que ha permanecido en España hasta entonces.

Ten en cuenta lo siguiente: mientras que la autorización inicial puede solicitarse tanto desde el país de origen como desde España, la renovación ha de hacerse obligatoriamente desde territorio español.

 

Te explicamos paso a paso el proceso de renovación en nuestro artículo Renovación de la Estancia por Estudios, haz clic aquí.

 

Cambio a permiso de residencia y trabajo

Tras haber permanecido 3 años en el país con el permiso de estancia por estudios, el extranjero tiene la opción de poder cambiar a un permiso de residencia y trabajo.

¿Qué ventajas supone? Por ejemplo, al contrario de lo que sí sucede al solicitar un permiso de trabajo sin tener antes uno de estudiante, con este cambio no se tiene en cuenta la situación nacional de desempleo.

Permiso de Estancia por búsqueda de empleo

También existe esta otra alternativa: que el estudiante extranjero no quiera esperar 3 años para poder empezar a trabajar en España.

¿Qué hacer en esta situación? Desde 2018 se permite la extensión del visado por estudios durante 1 años extra para que se pueda contar con este tiempo para buscar trabajo o montar una empresa. Hablamos en este caso del denominado permiso de Estancia por búsqueda de empleo.

Pero ¡ojo!, se exige el cumplimiento de otras condiciones, no todas las universidades o cursos serán válidos, únicamente los que aparecen en un listado, al que puedes acceder haciendo clic aquí. 

Te acompañamos en el proceso

Sabemos que son muchos los ciudadanos extranjeros que desean estudiar en un país como España, pero no saben qué trámites legales se precisan y por eso no se deciden a dar el paso. Si es tu caso, lánzate a ello. Es el momento. Podemos ayudarte  para que no tengas que preocuparte por nada. En poco tiempo, podrás disfrutar de todas las ventajas que otorga este visado.

Como siempre, puedes contar con nosotros. En Gemovir tenemos a un gran equipo de profesionales trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos académicos profesionales. Si tienes cualquier duda sobre este tipo de solicitudes, escribe o llámanos.

¡Juntos lo haremos posible!