Nacionalidad española: las vías para obtenerla

España ha pasado a convertirse en un destino soñado para personas provenientes de diversas partes del mundo. Su clima, su idioma y las amplias posibilidades de oportunidad y progreso, hacen de este país uno de los más idílicos para vivir. Por todo ello, son muchos los ciudadanos extranjeros que desean obtener la nacionalidad española. Si es tu caso o te interesa este tema, sigue leyendo porque en este artículo te detallamos los requisitos y las diferentes vías que existen para poder adquirirla.

¿Qué se entiende por nacionalidad?

El artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que toda persona puede optar a una nacionalidad y a no verse privado arbitrariamente del derecho a cambiarla.

Se entiende por nacionalidad:

al vínculo jurídico que une a la persona con el Estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.

La nacionalidad, en definitiva, es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en una comunidad estatal, es algo más que la autorización de residencia y trabajo. 

Tener la nacionalidad española te permitirá disfrutar de diversos beneficios:

– Adquieres todos los derechos de ciudadano de la Unión Europea.

– A su vez, esto te permite residir y trabajar sin necesidad de permisos en cualquier Estado de la UE.

– Podrás también estudiar en universidades europeas con tarifas especiales. Así como optar a ocupar cargos académicos.

Transmitir la ciudadanía a hijos y cónyuges. Así como una mayor facilidad para reagrupar familiares a tu cargo.

– Contar con la protección de los consulados europeos en el extranjero.

– Acceso a la Sanidad Pública.

– Contarás con tu derecho al voto en elecciones públicas. (Sufragio Universal)

– Podrás viajar fuera de España, por ejemplo a visitar tu país de origen, sin que esto suponga la pérdida de la nacionalidad.

– Acceder a puestos laborales en la administración pública.

5 vías para adquirir la nacionalidad española

Los requisitos para la nacionalidad española varían, ya que existen diferentes modos de obtenerla. A continuación, te explicamos cuáles son:

Nacionalidad española

1. Nacionalidad para españoles de origen

Son considera españoles de origen a aquellos:

  • Los nacidos de padre o madre española.
  • Los nacidos en España, aunque sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España, a excepción de los hijos de diplomáticos.
  • Quienes nazcan en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad, o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.
  • Niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad. 
  • Los menores de 18 años que sean adoptados por un español. 

 

2. Nacionalidad por residencia

Esta es la forma más común de conseguir la nacionalidad española. La que usan la mayoría de extranjeros que residen en España, acreditando un tiempo de residencia legal previo, buena conducta cívica e integración social.

Esta vía exige la residencia de la persona en España durante 10 años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce. Serían los siguientes:

  • Cinco años: para aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
  • Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • Un año:
    •  El que haya nacido en territorio español.
    • Aquel que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continúa en esta situación en el momento de la solicitud
    • Los que, en el momento de la solicitud, lleven un año casados con un español y no estén separados legalmente o de hecho.
    • El viudo de un español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados.
    • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

3. Nacionalidad por opción

NacionalidadLa opción es un beneficio que nuestra legislación ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones. Tendrán derecho a adquirir la nacionalidad española por esta vía:

  • Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español. (Esta posibilidad caduca cuando el interesado cumple  20 años, salvo que por su ley personal el interesado no adquiera la mayoría de edad a los 18 años, en cuyo caso el plazo será de dos años desde que adquiera la mayoría de edad).
  • Personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
  • Personas cuya determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España, se produzca después de los 18 años de edad. En ese caso, el plazo para optar a la nacionalidad es de 2 años desde que se determina la filiación o el nacimiento.
  • Aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los 18 años. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

4. Nacionalidad  por posesión de Estado

Tendrá derecho a la nacionalidad española aquella persona que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante 10 años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil.

5. Nacionalidad por carta de naturaleza

Esta vía tiene carácter graciable y no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Será otorgada, o no, discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.

Te acompañamos en el proceso

Se calcula que, en torno a medio millón de inmigrantes,  han obtenido la nacionalidad española en los últimos meses. Y para este año se espera que otros 150 mil puedan también adquirirla. De este modo, muchos personas verán posible que sus familiares puedan obtener los ansiados papeles de una manera más fácil y rápida; sin tener que recurrir a las opciones de Arraigo.

Como siempre, puedes contar con nosotros. En Gemovir tenemos a un gran equipo de profesionales trabajando para ayudarte a cumplir tus sueños. Si cumples con todos los requisitos, ¡No pierdas el tiempo y solicita tu Nacionalidad ya!

 ¡Juntos lo haremos posible!