¿Cómo obtener la Nacionalidad Española?-Parte 3: Nacionalidad por Residencia

Para obtener la nacionalidad española existen diversas vías. De todas ellas, hay 3 procedimientos «estrella» dentro de nuestro despacho que se encuentran entre los más solicitados por nuestros clientes. La Nacionalidad por residencia, no solo es uno de ellos, sino que se trata del más frecuente. Además, absolutamente todas las solicitudes que hemos tramitado por esta vía en Gemovir, han resultado favorables.  Te lo explicamos.

En concreto, de las vías que existen para poder obtener la nacionalidad española, es la más común y aparece principalmente en el artículo 22 del Código Civil Español.  Además, en 2015 se aprobó el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembrepara regular el procedimiento de adquisición a través de esta vía, fomentando la tramitación electrónica en todas sus fases, de modo que se permita acortar sensiblemente los plazos de resolución. ¿Quieres saber los requisitos que te van a exigir? Te los detallamos todos en este artículo.

Requisitos para solicitar la Nacionalidad por residencia

1. Acreditar un tiempo de residencia legal previo

Concretamente 10 años de forma continuada.

Importante ❕ : existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce a:

  • 5 años: para aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
  • 2 años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • 1 año para:
    • El que haya nacido en territorio español.
    • Aquel que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos.
    • Los que lleven 1 año casados con un español y no estén separados legalmente o de hecho.
    • El viudo de un español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados.
    • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

2. Demostrar una buena conducta cívica e integración social

Se trata de un requisito relativamente novedoso en nuestro Derecho, introducido a raíz de la reforma llevada a cabo en el Ordenamiento Jurídico  español por la primera Ley de Extranjería publicada en nuestro país , Ley 7/1985, de 1 de Julio, de Libertades y  Derechos  de los Extranjeros en España.

3. Entregar la documentación necesaria

trámites

La documentación exigida es bastante extensa. Para los mayores de 18 años que desean obtener la nacionalidad española por residencia, será obligatorio aportar:

  • Modelo de solicitud normalizado En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line
  • Tarjeta de Identidad de extranjero. 
  • Pasaporte completo.
  • Certificación de nacimiento.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • El Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.
  • Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
  • Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). 

Dependiendo de cada caso concreto, existe la posibilidad de que sea necesario presentar diferente documentación, aportar algún papel extra o prescindir de algún otro. Por ello siempre aconsejamos recibir asesoría profesional por parte de expertos en la materia. No dudes en contactar con nosotros, pondremos a tu disposición un equipo especializado para ayudarte a conseguir una resolución favorable.

La presentación de todos estos datos puede hacerse de forma Online. En Gemovir, apostamos siempre por realizar las solicitudes vía telemática.

4. Pagar las tasas correspondientes

Con carácter previo a la solicitud, este procedimiento exigía el pago de una tasa con valor de 102 €, sin embargo, dicha tasa ha subido recientemente y ahora es de 103,02 €. Un incremento que aparece regulado en el artículo 74.1 de Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

Ten esto claro: deberás poner especial cuidado en liquidar correctamente el importe de la tasa, ya que, si la cuantía aportada fuera errónea, la entidad financiera no puede devolver o compensar la misma y, en caso de solicitar su reintegro, tendrías que iniciar un expediente de devolución de ingresos indebidos.

Ventajas de obtener esta autorización

familiar reagrupado

Tener la nacionalidad española te da la posibilidad de disfrutar de cuantiosos beneficios. Algunos de ellos son:

✔️ Estudiar en universidades europeas con tarifas especiales.

✔️Traspasar la ciudadanía a tus hijos y cónyuge,

✔️Contar con la protección de los consulados europeos en el extranjero.

✔️Poder desempeñar cargos académicos.

Te acompañamos en el proceso

Somos conscientes de que conseguir la nacionalidad española, sea cual sea la vía elegida, supone satisfacción y felicidad para muchos de los ciudadanos extranjeros que quieren venir a vivir y trabajar en España. Si es tu caso, no dudes en comenzar ya. Busca a un asesor experto en la materia que pueda facilitarte cada paso y aconsejarte de la mejor forma posible para conseguirlo.

Como siempre, puedes contar con nosotros. En Gemovir, como despacho especializado en Extranjería, tenemos a un gran equipo de trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos personales y profesionales. Si tienes cualquier duda sobre este tipo de solicitudes, escribe o llámanos.

¡Juntos lo haremos posible!