Nacionalidad española: preguntas frecuentes

Resolvemos las dudas más habituales sobre Nacionalidad española.

Muchas son las consultas que cada día nos hacéis llegar a cerca de numerosos temas relacionados con la nacionalidad española y otras cuestiones de extranjería. Por ello, hemos pensado que sería realmente útil recopilar en este artículo algunas de las preguntas frecuentes que a menudo soléis hacernos.

¡Aquí van 5! … En próximas publicaciones, resolveremos más interrogantes. Tan solo has de dejar un comentario con la información que quieres saber y te ayudaremos. Vamos allá…

1. ¿Cuál es la vía más común y efectiva para obtener la Nacionalidad Española?

Como ya sabrás, existen diferentes vías para solicitar la nacionalidad. Podemos distinguir entre la nacionalidad para españoles de origen; por matrimonio; por opción… Pero, sin duda, la más común y solicitada por los extranjeros es la nacionalidad por residencia.

Esta opción exige la residencia de la persona en España durante 10 años de forma legal y continuada. Dicho tiempo puede verse reducido en ciertos casos.

 

Te recomendamos leer nuestro artículo dedicado a la Nacionalidad por Residencia en el que te contamos todos los detalles: clic aquí.

 

2. ¿Se puede hacer la jura de nacionalidad española teniendo el pasaporte caducado?

Aunque parezca una pregunta obvia, ya que siempre se exige presentar toda la documentación en vigor y actualizada para cualquier procedimiento de extranjería, la situación de crisis sanitaria actual ha dado lugar a trámites sin resolver y aplazados, como la renovación del pasaporte.

Esta problemática ha hecho que, algunos consulados, a la hora de tramitar la documentación, sean más comprensivos y que en el Registro Civil puedan llegar a admitirte el pasaporte caducado para realizar actos como la jura de nacionalidad.

No obstante, y a pesar de ello, nuestra recomendación será siempre que trates de entregar toda la documentación en vigor, ya que podrían ponerte problemas según el personal o funcionariado que te atienda.

Si ya tienes la cita para la jura asignada, acude al Registro Civil y coméntales tu caso. Existe la posibilidad de que te permitan hacerlo. Por ejemplo, aportando documentos que demuestren que ya has iniciado los trámites para renovar tu pasaporte. Recuerda que si tienes dudas o desconoces cómo hacerlo, en Gemovir  podemos ayudarte.

 

¿Sabías que ya es posible realizar este trámite ante notario? Los detalles, aquí. 

 

3. ¿Cómo puedo ver el estado de mi expediente?

trámites onlineUna vez hayas presentado la solicitud, extranjería suele tardar entre 1 y 2 años en emitir la resolución. También es cierto que, si solicitas la nacionalidad a través de la vía telemática, tal y como siempre te aconsejamos, las probabilidades de recibir una respuesta en menos tiempo aumentan de forma considerable.

Mientras dura la espera, podrás ir consultando el estado de tu expediente de manera online. El Ministerio de Justicia ha habilitado para ello una plataforma llamadacómo va lo mío”. Quizás la información que te encuentres lleve cierto retraso con respecto a la real. Sin embargo, te será muy útil para conocer en qué fase se encuentra tu solicitud.

 

No puedes perderte nuestro artículo 5 tips para solicitar la Nacionalidad por Residencia, seguro te resulta útil.

 

4. Si mi nacionalidad lleva meses en calificación, ¿quiere decir que será denegada?

Aclaramos que, cada estado del expediente de nacionalidad, puede resolverse en espacios de tiempo muy diferentes.  Algunos están durante días o meses en calificación y otros tan solo horas.

Deberías empezar a cuestionarte si la espera es normal en caso de que tu expediente lleve más de 8 meses en el mismo estado. En dicha situación, sí sería recomendable buscar respuestas.

 

Te invitamos a leer nuestro artículo «Recurso Contencioso Administrativo de Nacionalidad Español«, te será de gran utilidad si te urge agilizar la tramitación de tu expediente.

 

Importante❕: con esto no estamos diciendo que tu expediente vaya a estar denegado tras pasar ese tiempo. Únicamente te aconsejamos verificar que no se deba a otro tipo de fallo, por ejemplo del sistema, pero no implica necesariamente que la resolución no pueda ser favorable.

5. ¿Qué ocurre si suspendo los exámenes?

examen

La superación de estos exámenes es necesaria para acreditar el conocimiento de la Constitución y de la realidad social y cultural españolas. Se exigen como requisito indispensable para la concesión de la nacionalidad.

Debes saber que, para inscribirte al hacer los exámenes, vas a tener que pagar una tasa de 85 euros. En caso de que suspendas o no te hayas presentado, no hace falta que la vuelvas a pagar. Puedes utilizar la misma inscripción por una vez más.

¡Ojo! Entre el primer y el segundo examen no ha de haber más de 18 meses de diferencia.

Por otro lado, si suspendes 2 veces, sí tendrás que volver a pagar dicha tasa.

Recuerda esto ❕: aunque tuvieras que volver a abonar el dinero, puedes presentarte a los exámenes las veces que quieras hasta que apruebes. No hay límite mientras pagues la tasa.


Como siempre, puedes contar con nosotros. En Gemovir , como despacho especializado en Extranjería, tenemos a un gran equipo trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos personales y profesionales.

Si tienes cualquier duda sobre este tipo de solicitudes, escribe o llámanos.

¡Juntos lo haremos posible!