A menudo, los clientes que acuden a nuestro despacho nos hacen la siguiente pregunta: Como extranjero, ¿puedo viajar durante mis vacaciones de Navidad a cualquier país de la Unión Europea si tengo un Permiso de Residencia en España?

Puedes, siempre y cuando cumplas con una serie de condiciones que en este artículo te vamos a explicar. ¡Queremos resolver todas tus dudas!

Es decir, profundizaremos en cuáles son las posibilidades y limitaciones que tienen los extranjeros con NIE para, por ejemplo, realizar viajes durante esta fecha tan señalada como es la Navidad, según el permiso de residencia del que dispongan. ¡Comencemos!

 

En Gemovir-Abogados de Extranjería tenemos gran experiencia realizando este tipo de trámites.
¡Sabemos cómo ayudarte!

 

 


Para empezar, ¿Qué entendemos por NIE?

nacionalidad

Podemos definir NIE como el Número de Identidad de Extranjero. Tenerlo no necesariamente significa que cuentes con derecho a residir y/o trabajar en España. Por ejemplo, en caso de formar parte de algún conflicto o detención policial por encontrarte en situación irregular, ya implica que la propia policía te asigne de manera automática un NIE.

Dicho NIE constará como tu Número de Identidad de Extranjero hasta que obtengas la Nacionalidad española, momento en el que ya sí se te asignara un DNI (Documento nacional de Identidad). No obstante,  en el caso de que se te concediera el permiso de residencia, entonces sí se te emitiría el famoso TIE.

🤔 ¿Conoces la diferencia entre NIE y TIE?

El TIE es una Tarjeta plástica, un documento físico que contiene nuestros datos de identificación, la foto, número de NIE y tipo de autorización de estancia o residencia en España. Es decir, no todos lo que dispongan de un NIE tendrían necesariamente un TIE, pero sí todo los que tengan un TIE  poseerán a la vez un NIE.

Solo tendrías el TIE si el permiso solicitado se te concede.

Posibilidades y limitaciones para viajar en vacaciones según tu permiso de residencia

Quizás la cuestión más habitual sea: Si quiero ir a mi país durante las vacaciones de Navidad, ¿Cuánto tiempo podré estar fuera de España conservando mi documentación?

👉Si tienes una Tarjeta temporal:

    • El tiempo máximo que tú y tus familiares podréis estar fuera de España es de 3 meses en el plazo de 12 meses.
    • Entran dentro de esta categoría las distintas autorizaciones de residencia  temporal como el Permiso de Profesional Altamente Cualificado, el Visado de estudiante, un Permiso de Trabajo por cuenta ajena, entro otros. Aunque es importante revisar siempre cada caso concreto. Por ejemplo, si eres poseedor de la Golden Visa como inversor extranjero, puedes irte de vacaciones cuando quieras y durante el tiempo que desees, sin embargo, siempre manteniendo un seguro médico, durante toda la vigencia de tu autorización.

👉Si tienes una tarjeta Comunitaria:

El plazo se amplía únicamente si es una tarjeta permanente. En concreto:

    • Disponiendo de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión de 5 años o menos: La vigencia de la autorización se extinguirá si permaneces fuera del espacio europeo más de 6 meses consecutivos. Aunque existen ciertas excepciones.
    • En caso de formar parte de alguna ONG y viajar como cooperante, no te afectaría el tiempo que has estado fuera.
    • Con la tarjeta de residencia permanente (10 años): Las interrupciones de residencia no superiores a 2 años, tampoco afectarían a la vigencia de tu tarjeta permanente.

👉Con la Nacionalidad española concedida:

    • La pérdida se producirá una vez transcurran 3 años desde la adquisición de otra nacionalidad extranjera o desde la emancipación.
    • Podrás evitar dicha pérdida si dentro del plazo indicado declaras tu voluntad de conservar la nacionalidad española en el Registro Civil correspondiente.

 

✔️Nuestro consejo: Si viajas de forma continuada a tu país o te ausentas de vacaciones por largos periodos, puede entenderse que no estás totalmente integrado en España y, por tanto, correr el riesgo de que te denieguen la nacionalidad. Este es el motivo por el que desde Gemovir te recomendamos no permanecer fuera de España más de 3 meses si estás tramitando la nacionalidad.

Dicho de otro modo, realmente el problema no radica en que te ausentes de vacaciones un tiempo y vayas a tener conflictos para entrar o salir. El verdadero inconveniente lo tendrías a la hora de querer realizar la renovación de tu permiso, pues podría no computarse el tiempo de estancia previa cuando, por ejemplo, quieras solicitar la nacionalidad.

 

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Con ayuda, siempre es más fácil.

 

Otras cuestiones importantes para tus viajes y vacaciones fuera de España

Nacionalidad

📌¿A qué países puedo viajar solo con el NIE?

Como ciudadano extracomunitario, si resides legalmente en España, podrás viajar simplemente con tu NIE y pasaporte, sin necesidad de visado y durante un máximo de 90 días, a:

  • Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Suecia y Suiza.

Importante ❕ : Para el resto de los países miembros de la UE pero no del espacio Schengen, sí se solicita el visado, dependiendo del país de donde se es ciudadano.

📌Si tengo mi tarjeta caducada, ¿podría regresar a España tras 12 meses de haber permanecido fuera?

Si comprueban que en el plazo de 1 año has estado fuera más de 3 meses, es posible que luego surjan problemas a la hora de entrar.

Sin embargo, puedes exponerles que, aunque tu tarjeta esté caducada, únicamente ha caducado su vigencia, pero el derecho lo sigues manteniendo. Eso sí, trata de llevar contigo toda la documentación con la que puedas demostrar que tienes derecho a entrar y por la cual se te concedió dicha tarjeta.

Te acompañamos en el proceso

Como ves, el simple hecho de tener una tarjeta española no te habilita para viajar sin problema durante tus vacaciones por el resto del  mundo, pues deberás cumplir con ciertos requisitos.

Por ello te recomendamos que antes de viajar solicites siempre la ayuda de especialistas expertos en la materia. Esto te permitirá salir y regresar a España evitando problemas y ganando ene tranquilidad.

Desde Gemovir- Abogados de Extranjería, seguimos trabajando día a día con el objetivo de ayudar a que cualquier trámite de extranjería que debas realizar, sea para ti más sencillo.

Sabemos que pueden aparecer inconvenientes con los que no contabas. Solicita una asesoría , online o presencial, y empieza cuanto antes. ¡Te  alegrarás!


Como siempre, puedes contar con nosotros.

En Gemovir tenemos a un gran equipo de profesionales trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos personales y profesionales.

Si tienes cualquier duda sobre este tipo de solicitudes, escribe o llámanos.

¡Juntos lo haremos posible!