Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario

Gracias al procedimiento de Reagrupación Familiar, puedes disfrutar de la posibilidad de traer a tus familiares y que vivan contigo en España. Si además, como reagrupante, cumples con los requisitos para poder realizar este procedimiento en Régimen Comunitario, las ventajas son mayores que para los extranjeros extracomunitarios, los cuales han de hacerlo en Régimen General. En este artículo queremos explicarte las razones. ¡Vamos allá!

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Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario (Requisitos 2023)

Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario

¿En qué consiste la Reagrupación Familiar?

Es preciso dejar claro que no existe una modalidad de reagrupación familiar que se denomine comunitaria, sino que realmente se trata de la famosa Autorización de residencia de Familiar Comunitario. De este modo, mediante esta vía no se aplica la Ley General de Extranjería. En su lugar estaríamos bajo las directrices del Régimen Comunitario.

Este visado habilita a su titular (familiar de un ciudadano de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, residente en España) a vivir en España por un periodo superior a 90 días.

Para que puedan concederte esta autorización, te van a exigir cumplir con una serie de requisitos principales como:

  • Carecer de antecedentes penales.
  • Contar con un seguro médico.
  • Acreditar medios económicos suficientes.
  • Disponer de una vivienda adecuada.

Puedes ver todos los requisitos haciendo clic aquí.


Las ventajas con respecto al Régimen General:

Aparte de la diferencia en el país de origen del reagrupante, pues como ya sabrás la reagrupación familiar en Régimen General está destinada a reagrupantes y reagrupados extranjeros que no son ciudadanos de países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza. Mientras que en Régimen Comunitario se aplica cuando el reagrupante es ciudadano de algún país de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza), existen otras diferencias que sí representan cierta ventaja:

  • ✔️La reagrupación familiar en Régimen Comunitario es más flexible con respecto a los familiares que pueden ser reagrupados.
  • ✔️Por otro lado, el permiso de residencia en Régimen Comunitario es de 5 años y, tras la renovación, permanente. Sin embargo, en Régimen General el permiso dependerá del tiempo de residencia vigente que tenga el familiar reagrupante.
  • ✔️Los plazos también varían. Cuando el reagrupante es ciudadano de la Unión, no tiene un plazo mínimo para solicitar la reagrupación. En cambio, cuando es en Régimen General, se debe esperar de 1 a 5 años dependiendo del familiar que se pretenda reagrupar.

¿A qué familiares puedo reagrupar?

Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario

Si la reagrupación del familiar va a realizarse mediante el Régimen Comunitario, podrás reagrupar a:

  • 👉Tu cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.
  • 👉La pareja con la que mantengas una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a estos efectos en un estado miembro de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. 👉 Ascendientes directos y los de tu cónyuge o su pareja registrada cuando estén a su cargo. 👉Descendientes y los de tu cónyuge (siempre que no estén separados de derecho) menores de 21 años o mayores de dicha edad siempre y cuando vivan a sus expensas, o incapaces.
Desde Gemovir ponemos a su disposición a nuestro equipo de especialistas en gestiones de Reagrupación Familiar.

¿Cuáles son los pasos para poder solicitarlo?

Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario

📌Podrá presentar la solicitud:

La solicitud de visado deberá ser presentada personalmente por el solicitante, es decir, por la persona que pretende ser reagrupada. Si es menor de edad, podrá realizarse mediante un representante debidamente acreditado.


📌En cuanto al plazo de resolución:

Son 45 días a partir del día siguiente a la fecha de tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. Los solicitantes de visado de residencia para reagrupación familiar en régimen comunitario están exentos del pago de las tasas.


📌Una vez recogido el visado:

El reagrupado deberá entrar en territorio español en el plazo de vigencia de dicho visado, que no será superior a 3 meses.


Te acompañamos en el proceso

La reagrupación familiar es uno de los procedimientos más solicitados por los clientes que acuden a nuestro despacho. Se trata de un trámite sencillo, pero para el que se suele exigir bastante documentación de cara a poder acreditar que se cumple con todos los requisitos. Además, dependiendo del familiar que se pretenda reagrupar, las condiciones y los documentos a entregar pueden ser diferentes y sufrir variaciones, de ahí la importancia de contar con expertos en la materia que te asesoren. Con la ayuda adecuada, puedes evitar así una denegación de la solicitud o demoras innecesarias.


Como siempre, puedes contar con nosotros.

En Gemovir somo un despacho especializado en Extranjería y tenemos a un gran equipo trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos personales y profesionales.

Si tienes cualquier duda sobre este tipo de solicitudes, escribe o llámanos.

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