
Familiar Comunitario: Residencia para extranjeros en España
Son muchos los extranjeros que mantienen un vínculo familiar o matrimonial con un ciudadano español o de la Unión Europea. Si es este tu caso
Se entiende por Nacionalidad “el vínculo jurídico que une a la persona con el Estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas”.
En definitiva, la nacionalidad, es algo más que una autorización de residencia y trabajo. Es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en una comunidad estatal.
Se trata de uno de los procedimientos que gestionamos con más frecuencia para los clientes que acuden a nuestro despacho, al ser la vía más solicitada.
Entre los requisitos para conseguirla encontramos:
1. Se exige la residencia de la persona en España durante 10 años de forma legal y continuada. Aunque existen casos en los que el período de residencia exigido puede verse reducido.
2. Realizar los exámenes de nacionalidad
3. Certificado de antecedentes penales
La opción es un beneficio que nuestra legislación ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas situaciones.
Haber estado sujetos a la patria potestad de un español; tener padres que hayan nacido en España; personas cuya adopción por españoles se produzca después de los 18 años, en otros casos.
Pueden acogerse a esta vía: los nacidos de padre o madre española; quienes nazcan en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad o si se desconoce su identidad; los menores de 18 años que sean adoptados por un español; entre otros casos.
Tendrá derecho a la nacionalidad española por posesión de Estado aquella persona que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante 10 años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil.
Esta vía tiene carácter graciable y no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Será otorgada, o no, discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.
Si necesitas más información sobre alguno de estos procedimientos, contacta con nosotros y ponemos a tu disposición todos los detalles. ¡Estamos deseando ayudarte!
Como sabéis, GEMOVIR es una firma dedicada exclusivamente al asesoramiento jurídico integral en materia de extranjería e inmigración en España.
Nos aseguramos de que puedas reunir, preparar y presentar todos los documentos requeridos por la administración correspondiente.
Desde Gemovir nos comprometemos a estudiar y asesorar de manera transparente y profesional tu caso. Buscamos aumentar al máximo las posibilidades de una resolución favorable.
Te ayudamos a realizar la tramitación electrónica en todas sus fases y además podremos ir consultando el estado de tu expediente de manera online y en cualquier momento.
Durante todo el proceso contarás con el apoyo de nuestros profesionales. Estaremos a tu disposición para resolver cualquier duda y te acompañaremos hasta el final.
Trabajaremos sobre los requerimientos que podamos recibir de cada expediente. Desde Gemovir planteamos las mejores estrategias a seguir para solucionar juntos el problema.
Son muchos los extranjeros que mantienen un vínculo familiar o matrimonial con un ciudadano español o de la Unión Europea. Si es este tu caso
Si eres médico extranjero y quieres desempeñar tu profesión en España, este artículo seguro que te interesa. Y es que, aunque habrá que esperar hasta
Gracias al procedimiento de Reagrupación Familiar, puedes disfrutar de la posibilidad de traer a tus familiares y que vivan contigo en España. Si además, como