Transcurrido un año desde la presentación del expediente de nacionalidad sin recibir respuesta, los interesados pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional contra esta denegación por silencio. ¿Sabes qué es un Recurso Contencioso Administrativo? Si la respuesta es no, tranquilo, en este artículo te vamos a explicar en qué consiste este procedimiento y cómo puede serte útil en alguno de tus trámites de Extranjería. Comencemos…  
En Gemovir-Abogados de Extranjería  tenemos gran experiencia en realizar este tipo de trámites.
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¿Qué se entiende por Recurso Contencioso Administrativo?

El Recurso Contencioso Administrativo, también conocido como “Demanda Contenciosa”, es un proceso judicial al que el ciudadano extranjero suele recurrir con el objetivo de agilizar su expediente de nacionalidad española.

📌¿En qué casos puede iniciarse?

Este Recurso tan solo será admitido a trámite como demanda ante la Audiencia Nacional si se cumple lo siguiente:
  • que haya transcurrido 1 año sin respuesta desde la fecha de inicio en la que presentaste tu expediente de nacionalidad.
Es decir, tal y como se establece en el nuevo procedimiento de nacionalidad que entró en vigor en 2015, pasado 1 año sin que el Ministerio de Justicia emita una resolución sobre el estado de tu expediente, tienes 2 opciones:
  1. Entender esta ausencia de respuesta como la denegación de tu nacionalidad y esperar a que quizás desde el Ministerio se pronuncien.
  2. Interponer una demanda judicial ante la Audiencia Nacional. Esto sería el Recurso Contencioso Administrativo.

¿Qué pasos son necesarios para este procedimiento?

Impulso procesal Como hemos visto, recurrir al Recurso Contencioso Administrativo es algo opcional, no obstante, suele ser una vía excelente para agilizar los trámites de tu nacionalidad y conseguir una respuesta lo antes posible. De ahí que sean cada vez más los extranjeros que se deciden a iniciarlo. Más aún debido a los retrasos actualmente existentes en las resoluciones, los cuáles llegan a demorarse hasta 3 años.

Condiciones a tener en cuenta:

Importante ❕: Al tratarse de un procedimiento judicial, siempre deberás contar con la asistencia de un abogado y un procurador que vayan a representarte ante la Audiencia mientras duren los trámites. Este requisito es obligatorio. Ambas figuras han de intervenir para que puedas interponer la demanda y redactar el escrito que se vaya a entregar. Una vez la Audiencia reciba este escrito, admiten la demanda a trámite y solicitan tu expediente completo al Ministerio de Justicia para poder darte una respuesta rápida y emitir la correspondiente sentencia. Sin embargo, en este paso también pueden darse 2 supuestos:

👉Que verifiquen que todo en tu expediente está correcto, traten de resolverlo y por tanto se agilice finalmente el trámite.

👉Que desde el Ministerio de Justicia devuelvan el expediente para que se pueda formular el correspondiente Recurso Contencioso, tendiendo que esperar a otra respuesta posteriormente, una vez lo reciba.

Por tanto, a pesar de tratarse de un procedimiento relativamente sencillo, puede demorase también más de lo previsto. Está claro que el objetivo principal es que interponer este Recurso sirva para que el Ministerio de Justicia revise el expediente, verifique que todo está en orden y proceda directamente ha resolverlo. Esto evitaría que este tenga que llegar a la Audiencia Nacional, pero no es algo que pueda asegurarse. La buena noticia es que en Gemovir podemos ayudarte y aconsejarte de la mejor forma. Nuestro equipo de profesionales se encargará de analizar tu situación específica a fin de recomendarte si te merece o no la pena interponer este Recurso.  
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Muchos casos de éxito

trabajo cuenta ajena Conviene ser conscientes de que este procedimiento suele tener una duración estimada de 8 meses, pues no depende de un único órgano. No obstante, entre los clientes de nuestro despacho contamos con varios casos de éxito que, tras iniciar este Recurso Contencioso Administrativo, han conseguido finalizar el proceso en aproximadamente 3 meses. Además, tanto si tramitaste tu expediente por vía telemática como acudiendo al registro, puedes optar a realizarlo. Ya lo sabes: únicamente tendrás que corroborar que ha pasado 1 año desde que lo solicitaste y que el expediente y la documentación se presentó correctamente. Recuerda que en GEMOVIR estaremos encantados de asesorarte.

Te acompañamos en el proceso

Somos conscientes de que conseguir la nacionalidad española  supone satisfacción y felicidad para muchos de los ciudadanos extranjeros. A veces, el proceso se alarga más de lo esperado y debemos recurrir a otras estrategias que nos ayuden a agilizar los trámites, como es el caso del Recurso Contencioso Administrativo. Si es tu caso, no dudes en comenzar ya. Busca a un asesor experto en la materia que pueda facilitarte cada paso y aconsejarte de la mejor forma posible para conseguirlo.

Como siempre, puedes contar con nosotros.

Tenemos a un gran equipo trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos personales y profesionales.

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