Transcurrido un año desde la presentación del expediente de nacionalidad sin recibir respuesta, los interesados pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional contra esta denegación por silencio.
¿Sabes qué es un Recurso Contencioso Administrativo? Si la respuesta es no, tranquilo, en este artículo te vamos a explicar en qué consiste este procedimiento y cómo puede serte útil en alguno de tus trámites de Extranjería. Comencemos…
En Gemovir-Abogados de Extranjería tenemos gran experiencia en realizar este tipo de trámites.
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Toggle¿Qué se entiende por Recurso Contencioso Administrativo?
El Recurso Contencioso Administrativo, también conocido como “Demanda Contenciosa”, es un proceso judicial al que el ciudadano extranjero suele recurrir con el objetivo de agilizar su expediente de nacionalidad española.¿En qué casos puede iniciarse?
Este Recurso tan solo será admitido a trámite como demanda ante la Audiencia Nacional si se cumple lo siguiente:- que haya transcurrido 1 año sin respuesta desde la fecha de inicio en la que presentaste tu expediente de nacionalidad.
- Entender esta ausencia de respuesta como la denegación de tu nacionalidad y esperar a que quizás desde el Ministerio se pronuncien.
- Interponer una demanda judicial ante la Audiencia Nacional. Esto sería el Recurso Contencioso Administrativo.
¿Qué pasos son necesarios para este procedimiento?
Como hemos visto, recurrir al Recurso Contencioso Administrativo es algo opcional, no obstante, suele ser una vía excelente para agilizar los trámites de tu nacionalidad y conseguir una respuesta lo antes posible. De ahí que sean cada vez más los extranjeros que se deciden a iniciarlo. Más aún debido a los retrasos actualmente existentes en las resoluciones, los cuáles llegan a demorarse hasta 3 años.Condiciones a tener en cuenta:
Importante : Al tratarse de un procedimiento judicial, siempre deberás contar con la asistencia de un abogado y un procurador que vayan a representarte ante la Audiencia mientras duren los trámites. Este requisito es obligatorio. Ambas figuras han de intervenir para que puedas interponer la demanda y redactar el escrito que se vaya a entregar. Una vez la Audiencia reciba este escrito, admiten la demanda a trámite y solicitan tu expediente completo al Ministerio de Justicia para poder darte una respuesta rápida y emitir la correspondiente sentencia. Sin embargo, en este paso también pueden darse 2 supuestos:Que verifiquen que todo en tu expediente está correcto, traten de resolverlo y por tanto se agilice finalmente el trámite.
Que desde el Ministerio de Justicia devuelvan el expediente para que se pueda formular el correspondiente Recurso Contencioso, tendiendo que esperar a otra respuesta posteriormente, una vez lo reciba.
Por tanto, a pesar de tratarse de un procedimiento relativamente sencillo, puede demorase también más de lo previsto. Está claro que el objetivo principal es que interponer este Recurso sirva para que el Ministerio de Justicia revise el expediente, verifique que todo está en orden y proceda directamente ha resolverlo. Esto evitaría que este tenga que llegar a la Audiencia Nacional, pero no es algo que pueda asegurarse. La buena noticia es que en Gemovir podemos ayudarte y aconsejarte de la mejor forma. Nuestro equipo de profesionales se encargará de analizar tu situación específica a fin de recomendarte si te merece o no la pena interponer este Recurso.