Si como inversor extranjero tienes pensado solicitar la Autorización Golden Visa para residir legalmente en España, debes tener claro lo siguiente: además de ser uno de los procedimientos más sencillos y ventajosos para establecerse en España, el principal beneficio es que podrás hacerlo a la vez junto a tu familia. Es decir, estos tendrán la opción de venir contigo y residir conjuntamente.

Por ello, en este artículo queremos explicarte qué miembros de tu familia pueden beneficiarse de dicho procedimiento y obtener una residencia como familiar de inversor en España. También profundizaremos en qué pasos se han de seguir y cuáles son las ventajas con respecto a otros procedimientos migratorios para los familiares.

 

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En qué consiste la Golden Visa

 

La Golden Visa se conoce como la autorización de residencia para inversores extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea.

Se obtiene mediante la compra de inmuebles o a través de una inversión de capital en España.

 

📌¿Cuáles son los requisitos?

Es necesario llevar a cabo una de las siguientes acciones:  

👉Realizar una inversión en una propiedad inmobiliaria tasada con un valor mínimo de 500.000 euros.

👉Invertir en un conjunto de propiedades inmobiliarias que, en total, asciendan a un mínimo de 500.000 euros.

👉También se puede invertir en depósitos bancarios en entidades financieras española un importe mínimo de 1.000.000 euros

👉Invertir en una empresa española o en un producto financiero que sume un importe de mínimo 1.000.000 euros.

👉Efectuar la inversión en deuda pública por un importe de mínimo 2.000.000 millones.

 

Puedes ver el resto de requisitos haciendo clic aquí. 

 

📌¿Qué derechos otorga?

Una vez concedida, te permite tanto vivir como trabajar en el país, tal y como aparece recogido en la Sección Segunda de la Ley 14/2013 de Apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Además, entre muchas otras ventajas, como titular de la Golden Visa podrás otorgar a tus familiares la posibilidad de una residencia en España que les permitirá, inclusive, trabajar. Te damos más claves en el siguiente punto.

Familiares que pueden acompañar al Inversor Extranjero

familiar reagrupado

No cabe duda de que una de las cuestiones más complicadas al abandonar el país de origen es la de tener que alejarse de la familia que dejamos allí. Por eso es tan importante conocer las ventajas que otorga  el obtener una residencia por inversión, especialmente en cuanto a los familiares se refiere. Sin embargo, a pesar de las facilidades, es conveniente conocer que existen ciertas pautas para que la reagrupación sea posible.

En concreto, como poseedor de la Golden Visa en España, tanto tu cónyuge como los hijos menores de edad podrán solicitar una autorización de residencia y trabajo . También aquellos que excedan los 18, en caso de que se pueda demostrar que dependen económicamente del inversor principal, es decir, de ti. Recuerda que la tramitación podrá hacerse de forma conjunta.

Así aparece recogido textualmente en el artículo 62.4. de la Ley 14/2013:

El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar y los ascendientes a cargo, que se reúnan o acompañen a los extranjeros enumerados en el apartado 1 del artículo 61, podrán solicitar, conjunta y simultánea o sucesivamente, la autorización y, en su caso, el visado.

Recapitulando, podrán acompañarte:

  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular.
  • Ascendientes a cargo.

¿Se requiere una inversión adicional para traer a un familiar?

No se requiere una inversión adicional por cada miembro de la familia que reagrupes. El titular de la Golden Visa debe acreditar que cumple los requisitos generales, entre ellos, demostrar que dispone de los recursos económicos suficientes para el sustento de su familia. Dichos medios podrán probarse de distintas formas: teniendo rentas, patrimonio, etc. Por otro lado, se deberá contar con el seguro médico que corresponda.

A modo de ejemplo:

Si un matrimonio compra un inmueble de 1.000.000 de euros, ambos cónyuges podrán obtener un visado de inversor. En caso de que el valor del fuera de 500.000 euros, el comprador podrá adquirir el visado de inversor y su cónyuge como familiar, acreditando el inversor que cuenta con recursos económicos y un seguro de enfermedad para ambos.

Además, si se establece que la compra se ha realizado en régimen de gananciales y su importe no supera el doble del mínimo especificado, podrá conseguir la Golden Visa cualquiera de los dos cónyuges y, el otro, una autorización de familiar.

 

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Ventajas para los familiares del Inversor extranjero 

Golden Visa: Procedimiento para los familiares del Inversor Extranjero

 

✔️Solicitud simultánea: 

👍Posiblemente estamos ante la ventaja más importante.

 

La Golden Visa en España permite que los familiares del inversor puedan tramitar su residencia de forma simultánea.

Mientras que, en otros procedimientos de reagrupación familiar, como los que se llevan a cabo bajo la Ley de Extranjería, el reagrupante ha de permanecer en España solo, y ya pasado 1 año es posible que solicite la reagrupación  de sus familiares. Por tanto, deben estar un tiempo separados, cosa que con la Golden Visa no sucede.

✔️Mayores de 18 años:

Siempre y cuando dependan económicamente del titular de la Golden Visa y que no hayan constituido su propia unidad familiar, los hijos mayores de 18 también podrán reagruparse.

En cambio, en otros procedimientos, no se permite reagrupar a los hijos mayores de 18 años, salvo que “tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud”. (Artículo 53 c) del Reglamento de Extranjería.

✔️Ascendientes incluso menores de 65 años:

Con la Golden Visa también podrás reagrupar a los padres, incluso si estos son menores de 65 años, sin que además tengan que esperar 5 años para conseguir ser reagruparlos.

En la reagrupación familiar ordinaria esto solo puede “cuando estén a su cargo, sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España(Artículo 53 c) del Reglamento de Extranjería. Adicionalmente, el solicitante tendrá que haber residido al menos 5 años en España para poder reagrupar a sus padres.

Te acompañamos en el proceso

Como has podido comprobar, siempre que se tenga la posibilidad, obtener la residencia y reagrupar tus familiares con la autorización de Golden Visa será la mejor opción.

Somos conscientes de la cantidad de personas ilusionadas con la idea de vivir en España y poder traer a su familia con ellos. Esto es posible a través de diferentes caminos, pero sin duda la Aurorización de Golden Visa es una de las vías más fáciles y rápidas para ello.

Aún así, resulta imprescindible estudiar cada caso de forma individual a fin de obtener la mejor alternativa para cada cliente.


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Tenemos a un gran equipo trabajando para ayudarte a cumplir tus objetivos personales y profesionales.

Si tienes cualquier duda sobre este tipo de solicitudes, escribe o llámanos.

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