Familiar Comunitario: requisitos para esta autorización

Escrito por Gemovir

¿Eres extranjero, pero tienes familiares españoles o que sean ciudadanos de la Unión Europea? Si es así, puedes solicitar la Tarjeta de Familiar Comunitario y disfrutar de todas sus ventajas.

Al disponer de esta tarjeta, también conocida como Tarjera Comunitaria, lo más significativo es que podrás residir y trabajar legalmente en nuestro país durante un amplio período de 5 años, siempre y cuando cumplas una serie de requisitos.

En nuestro despacho, como especialistas en Extranjería, tenemos gran experiencia en realizar este tipo de trámites.  Sabemos cómo ayudarte a conseguir una resolución favorable. ¡Contacta con nosotros si tienes cualquier duda! 

En este artículo te explicamos todos los detalles para que puedas tramitar este procedimiento con éxito. Tan solo sigue leyendo…

En qué consiste el procedimiento como Familiar Comunitario

La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano/a de la Unión Europea, miembro de la unión, es un documento esencial para los familiares extracomunitarios que residan en España más de tres meses. Regula la estancia legal de cónyuges, parejas, ascendientes y descendientes de ciudadanos/as de la UE, del EEE o de Suiza.

Se considera que forman parte de esta autorización y que, por tanto, pueden solicitar una Tarjeta de Familiar comunitario:Los familiares de ciudadano español o de la U.E., así como de otro Estado que forme parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, parte en el acuerdo, o Suiza. Que además no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y que vayan a residir en España por un período superior a 3 meses.

Características de la tarjeta

  • Documento oficial
  • Contiene datos de identificación
  • Fotografía del titular

Estamos ante una de las tarjetas más ventajosas que puedes obtener. ¿Motivo? Como hemos mencionado al inicio, te permite residir en España por un amplio período de 5 años y ejercer cualquier actividad laboral sin ningún tipo de limitación, al igual que ocurre con un ciudadano comunitario o español.

Importancia del NIE en la tarjeta

El Número de Identidad de Extranjero (NIE) es un elemento crucial en la tarjeta de residencia de familiar comunitario, ya que identifica legalmente al titular y permite su registro en España.

Período de validez y renovación

La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano/a de la UE tiene un período de validez de 5 años, luego del cual es necesario renovarla para mantener la regularidad de la estancia en el país y obtener la residencia permanente. Es importante estar al tanto de los plazos de renovación para evitar contratiempos.

En este artículo te contamos cómo renovar la tarjeta comunitaria. Esto te otorga, como titular, la posibilidad de residir y trabajar en territorio español por ¡10 años más!, y en las mismas condiciones que los españoles con la tarjeta de residencia permanente.

Otro beneficio: La obtención de la Tarjeta de Familiar Comunitario es un procedimiento con posibilidad de gestionarse 100% online, desde el principio hasta el final.

 

Requisitos para solicitar la tarjeta de familiar comunitario

Antes de solicitar la tarjeta de residencia de familiar comunitario, es importante cumplir con una serie de requisitos que aseguren la validez y legalidad del trámite. Además, es necesario considerar la inscripción como pareja registrada en el contexto de los requisitos.

Al igual que sucede con cualquier otro permiso en España, para obtener la Tarjeta de Familiar de Comunitario será necesario que cumplas una serie de requisitos. Los más importantes para esta autorización son 2:

✔️Tener un familiar europeo y demostrar el vínculo y la inscripción como pareja.

✔️Que el miembro comunitario disponga de medios económicos suficientes.

Parece fácil, pero no lo es tanto…

Para poder reunirte o acompañar a un ciudadano de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE) que vive en España por más de tres meses, debes cumplir con ciertos requisitos.

El ciudadano de la UE/EEE debe cumplir uno de estos requisitos:

  1. Trabajador por cuenta ajena: Está empleado por una empresa en España.
  2. Trabajador por cuenta propia: Trabaja de forma autónoma o tiene un negocio en España.
  3. Persona con medios económicos suficientes: Tiene suficiente dinero para mantenerse a sí mismo y a su familia sin depender de ayudas sociales en España. Además, debe tener un seguro de salud válido en España.
  4. Estudiante: Está matriculado en una institución educativa en España, tiene un seguro de salud y cuenta con suficientes recursos económicos para él y su familia.

Tú, como familiar, debes demostrar tu relación con el ciudadano de la UE/EEE de una de las siguientes formas:

  1. Cónyuge o pareja registrada: Estás casado o tienes una unión reconocida en un registro oficial de un país de la UE/EEE.
  2. Hijo menor de 21 años, dependiente o incapacitado: Eres hijo del ciudadano de la UE/EEE, de su cónyuge o de su pareja registrada.
  3. Ascendiente dependiente: Eres el padre o la madre del ciudadano de la UE/EEE o de su cónyuge o pareja registrada.
  4. Otros familiares dependientes: Eres un miembro de la familia que depende económicamente del ciudadano de la UE/EEE o que vivía con él en su país de origen por al menos 24 meses continuos.
  5. Familiares con necesidades especiales: Eres un miembro de la familia que necesita cuidados personales del ciudadano de la UE/EEE debido a razones graves de salud o discapacidad.
  6. Pareja de hecho no registrada: Tienes una relación estable probada con al menos un año de convivencia continuada o tienes hijos en común con el ciudadano de la UE/EEE.

La clave es que el ciudadano de la UE/EEE tenga suficiente dinero y un seguro de salud, y que tú puedas demostrar la relación familiar y la dependencia económica si es necesario.

Documentación necesaria para la presentación de la solicitud

Para solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea (UE), es esencial reunir y presentar una serie de documentos específicos. A continuación, se detalla la documentación requerida:

  • Modelo de Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE (Formulario EX19): puedes encontrar los formularios aqui.
  • Justificante de pago Tasa modelo 790 Código 012: documento que confirma el pago de la tasa correspondiente.
  • Pasaporte válido y en vigor: pasaporte actual, y si está caducado, una copia de este y de la solicitud de renovación.
  • Documentación acreditativa del vínculo familiar: documentos que prueban el vínculo familiar, apostillados o legalizados y traducidos.
  • D.N.I. español o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión: Documento Nacional de Identidad del ciudadano español o Certificado de Registro.
  • Acreditación de vivir a expensas (si aplica): documentos que demuestren la dependencia económica del ciudadano de la UE.
  • Tres fotografías recientes en color: tres fotos recientes, a color, con fondo blanco y en tamaño carné.

Cada uno de estos documentos es crucial para que tu solicitud sea procesada correctamente. Asegúrate de revisar todos los requisitos y de que cada documento cumpla con las especificaciones mencionadas. ¡Buena suerte con tu solicitud!

¿Qué familiares pueden acogerse a esta modalidad?

familiar reagrupado

Los familiares que podrán solicitar la Tarjeta Comunitaria una vez que se encuentren en España son:

👉Familiares con vínculos directos: Ya sea en unión depareja de hecho debidamente registrada o como cónyuge matrimonial. Además, debes saber que existe la opción de solicitar una tarjeta comunitaria (por 2 años) si el matrimonio se ha celebrado fuera de España y se encuentra en proceso de inscripción en el consulado Español del país en cuestión.

En nuestro despacho podemos asesorarte con los trámites de constitución de pareja de hecho en España.

¡Contacta con nosotros! Estaremos encantados de ayudarte.

👉Descendientes de primer grado: Sería el caso de aquellos hijos descendientes directos y a los de su cónyuge o pareja registrada menores de 21 años, o mayores que vivan  a su cargo o incapaces.

👉Ascendientes de primer grado: El padre o madre del ciudadano residente en la UE, que vivan a su cargo y sea posible demostrarlo.

👉Otros miembros de la Familia: Aquellos miembros de su familia que acompañen o se reúnan con el ciudadano de la UE, que acrediten que se encuentran a su cargo o que sea una pareja con la que mantenga una relación debidamente probada, como manifestar un tiempo de convivencia previo. También aquellos que requieran de su cuidado personal, ya sea por motivos graves de salud o por discapacidad. Nuevamente, dicha convivencia o dependencia deberá poder demostrarse.

En Gemovir somos expertos en Extranjería y podemos asesorarte.

Nos aseguraremos de que cumplas con todos los requisitos exigidos, para que te concedan la autorización.

Modificaciones recientes

En el 2015 se modificó el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero y se introdujo el artículo 2 bis, el cual tiene como finalidad ampliar los familiares que pueden tener derecho a esta tarjeta comunitaria. Se introdujo lo que se conoce como «familia extensa».

¿Qué significa? En definitiva, gracias a esta modificación del régimen comunitario, desde 2015 es posible tramitar tarjetas comunitarias para familiares algo más lejanos, como pueden ser hermanos, abuelos o parejas, es decir, aquellas entre las que no hay una unión formal.

Nuestro consejo: Tramitar la Tarjeta de Familiar Comunitario a través del novedoso concepto de «familia extensa» puede resultar más complicado de lo que a priori se espera. Se debe demostrar adecuadamente, no solo el estar cargo, sino también la situación social, económica y laboral del familiar que queremos reagrupar. Por eso, lo mejor es que buscar que te asesore un experto en la materia.

Procedimiento y plazos de tiempo

trámites de extranjería

¿Quién ha de realizar la solicitud?

¿Quién ha de realizar la solicitud?

Existen dos opciones:

  • Que la realice el propio interesado, en este caso el familiar del ciudadano español o comunitario.
    • O, si se desea, también puede solicitarse a través de un abogado, un graduado social o gestor administrativo.

En Gemovir podemos encargarnos de este trámite facilitándote enormemente el proceso.

¿Dónde se solicita?

También dispones de dos vías:

  • De forma presencial, acordando una cita previa en la Oficina que te corresponda.
    • Vía telemática. Sin necesidad de acudir presencialmente. En Gemovir siempre recomendamos esta opción, pues suele ser más rápida y sencilla. Además, te podrás seguir y consultar el estado de tu solicitud por internet cada vez que quieras.

¿Cuánto tarda la resolución?

Una vez tramitada la solicitud, el plazo para que te den una respuesta será de 3 meses. Si transcurrido este plazo no tienes noticias, se podrá entender que ha sido denegada por silencio administrativo.

Tarjeta concedida

tarjeta permanente

Si tu Tarjeta Comunitaria ha sido concedida el siguiente paso será solicitar tu tarjeta física. Recuerda que esta Tarjeta de Familiar Comunitario tiene una duración de 5 años y te habilita para trabajar, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.

 

Preguntas frecuentes

A menudo, el vínculo exigido puede cambiar pasado un tiempo, por lo que podría no ser posible renovar la Tarjeta Comunitaria. Por eso hemos listado algunas de las preguntas más frecuentes que nos realizan ejemplo:

¿Puedo acceder a la tarjeta comunitaria encontrándome de manera irregular?

¡Sí!,¡Por supuesto!. De hecho, esta es una de las vías mas utilizadas por los extranjeros ilegales para regularizar su situación. Aquel ciudadano extracomunitario que se encuentre de manera irregular y, ¡Ojo!, disponga del certificado de inscripción de Pareja de Hecho o de Matrimonio con un ciudadano de la UE, puede acceder a la Tarjeta de Familiar Comunitario.

No es necesario encontrarse de manera regular para acceder a esta tarjeta. Lo importante y necesario es tener registrado el vinculo con el cónyuge. Por ello, desde Gemovir aconsejamos siempre a todos aquellos extranjeros que han contraído matrimonio fuera de España, presentar el reconocimiento del mismo, con la mayor brevedad posible.

Uno de los requisitos exigidos es demostrar el vínculo con el familiar europeo, ¿qué sucede si esta situación cambia? Es decir, ¿si me separo o divorcio de mi pareja?

Los requisitos exigidos al solicitar la tarjeta, han de mantenerse durante todo el período de vigencia de la misma. Con ello queremos decirte que, efectivamente, si el vínculo cambia, el derecho a esa tarjeta también puede verse afectado.

En el supuesto de que el vínculo afectivo se haya disuelto, para poder seguir optando a la tarjeta o renovarla, se os exige haber estado 3 años casados y 1 año de convivencia conjunta en España. Si estáis separados, es importante hacerlo de manera oficial antes de solicitar la renovación adjuntando un documento que lo demuestre. Es importante que una vez producido tal hecho se comunique a la oficina de extranjería.

Por otro lado, también debes tener en cuenta que, a pesar de que la unión o el matrimonio se rompa, si ambos tienen hijos en común y custodia compartida, el no comunitario puede seguir optando a renovar la tarjeta.

¿Qué ocurre si fallece el ciudadano de la UE con el que mantengo el vínculo?

En este caso, el ciudadano no europeo,  debería presentar el certificado de defunción del familiar y el derecho a su tarjeta comunitaria no se vería afectado, siempre y cuando ya estuviera residiendo en España con dicha tarjeta antes de que se produjera el fallecimiento.

¿Puedo trabajar en otro país de Europa si poseo la tarjeta comunitaria?

No. La tarjeta comunitaria solicitada en nuestro país será posteriormente emitida por la administración española, lo que quiere decir que únicamente tiene efectos dentro de nuestras fronteras.

Es cierto que la tarjeta comunitaria te autoriza a residir y a trabajar, pero únicamente dentro de territorio español.

Viajando a España como turista, ¿podría también solicitar la tarjeta comunitaria una vez dentro del país?

Para empezar, es necesario recalcar que los requisitos de entrada como turista son diferentes a los exigidos como familiar de comunitario.

– Cuando el ciudadano viene en condición de turista, se le pide, entre otras cosas,  acreditar que dispone de alojamiento y recursos económicos para el tiempo que estará como visitante.

No obstante, haber entrado como turista no te impide solicitar con posterioridad la tarjeta comunitaria, a pesar de que lo más común no es hacerlo de esta forma.

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